Madrid, 24 de julio de 2025 – Era una de las regulaciones más esperadas y polémicas, y finalmente es una realidad. El Congreso de los Diputados ha aprobado de forma definitiva la nueva Ley de Seguros de Automóviles, que, entre otras cosas, pone fin al vacío legal que rodeaba a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) y establece la obligatoriedad de contratar un seguro de responsabilidad civil para patinetes eléctricos, bicicletas eléctricas y otros vehículos similares.
La medida busca dar respuesta a una demanda social creciente: proteger a las víctimas de los cada vez más frecuentes accidentes en los que se ven involucrados estos vehículos, garantizando que los daños causados a terceros (tanto personales como materiales) queden cubiertos.
¿A qué vehículos afecta exactamente?
La ley crea una nueva categoría, la de "vehículos personales ligeros". Un vehículo entrará en esta categoría y, por tanto, necesitará un seguro, si cumple estas características:
- Está propulsado por un motor eléctrico.
- Su velocidad máxima por diseño está entre los 6 y 25 km/h.
- Su peso es inferior a 25 kg.
Esta definición engloba a la inmensa mayoría de patinetes eléctricos y bicicletas de pedaleo asistido que circulan por nuestras ciudades. Quedan excluidas las bicicletas puramente musculares.
¿Desde cuándo es obligatorio y qué plazos hay?
¡Atención a los plazos, porque son clave!
- Periodo de Adaptación (6 meses): Una vez que la ley se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE), los propietarios de estos vehículos dispondrán de un plazo de seis meses para contratar el seguro obligatorio. Durante este periodo de gracia, no podrán ser sancionados por no tenerlo.
- Desarrollo del Reglamento: Paralelamente, una comisión de expertos tendrá seis meses para diseñar las características exactas y el alcance que tendrá esta nueva póliza.
- Registro Público Obligatorio: La ley también contempla la creación de un registro público de vehículos personales ligeros, similar al de los coches o motos, que deberá estar operativo antes del 2 de enero de 2026. Esto facilitará la identificación de cada vehículo.
¿Por qué ahora? Una respuesta a la siniestralidad
La decisión de legislar viene motivada por la alarmante cifra de siniestros. Solo en 2023, se registraron más de 300 accidentes graves con VMP implicados, con un balance de 12 fallecidos. Hasta ahora, si el causante del accidente no tenía un seguro voluntario, la víctima se enfrentaba a un largo y costoso proceso judicial para poder recibir una indemnización. Con el seguro obligatorio, la protección a los peatones y a otros vehículos queda garantizada.
¿Y si no lo contrato?
Aunque las sanciones específicas se detallarán en el nuevo reglamento, se espera que las multas por circular sin el seguro obligatorio sean similares a las que ya aplican algunos ayuntamientos: entre 100 y 500 euros, además de la posible inmovilización del vehículo.
En definitiva, esta ley marca un antes y un después en la movilidad urbana, equiparando las responsabilidades de los usuarios de VMP a las del resto de vehículos a motor y aportando una seguridad jurídica que era imprescindible.